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Los dependientes esperarán hasta dos años para ser evaluados y si reciben prestación económica se reducirá en un 15% como mínimo

Si hasta la fecha la administración disponía de seis meses para evaluar y tramitar el expediente de un dependiente, plazo que por lo general no era respetado, ahora, con la reforma de la Ley de Promoción de la Autonomía y Atención a las Personas en Situación de Dependencia este tiempo será de hasta dos años, tiempo que no será reconocido con carácter retroactivo para el abono de la prestación.

Es decir, que, si transcurridos hasta dos desde que se solicitó el acceso al sistema el expediente se resuelve positivamente y la persona tiene derecho a alguna prestación económica, no tendrá derecho a reclamar los pagos pendientes. Estos retrasos sólo se abonarán si la prestación se retrasa más de dos años, y la administración tendrá hasta ocho años para pagar esos retrasos.

Prestaciones económicas y copago
Pera ésta no es la única merma a la calidad de la Ley, sino que ahora, la prestación económica que percibía la persona dependiente, si éste era atendido por un familiar en su casa, se reducirá en un 15% como mínimo.

Además, para establecer los servicios a los que tiene derecho la persona con dependencia y si ésta tendrá que pagar parte de los servicios reconocidos se establecerán baremos no sólo en función de la renta, sino también del patrimonio. De esta forma, quien tenga propiedades a su nombre deberá declararlas para establecer el copago que deberá abonar, si bien todavía no se conocen estos baremos.

Cuotas a la Seguridad Social
Hasta ahora la administración pública se hacía cargo del pago de la cuota a la seguridad social de la persona que se hacía cargo de los cuidados del dependiente si esta atención se realizaba en el hogar, por lo que este cuidador, por lo general un familiar directo de la persona dependiente, se aseguraba que el tiempo dedicado computaría como trabajado, por lo que le serviría, por ejemplo, para asegurarse su pensión de jubilación. Pues bien, esta prestación desaparece, y a partir de ahora el cuidador deberá abonar el 85% de la cuota a la seguridad social.

Incompatibilidades
La reforma de la Ley ha incorporado un capítulo de incompatibilidades de la prestación económica, de tal forma que no podrá recibirse la prestación económica si la persona dependiente es beneficiaria de un centro de día, un centro de noche, una residencia o si recibe los servicios de la ayuda domiciliario; servicios estos que sólo serán compatibles con el de teleasistencia.

En este sentido, la Ley reconocía dos tipos de atención domiciliaria: la que se prestaba a la persona con dependencia directamente en su hogar y una segunda ayuda para atender las labores domésticas. Hasta ahora, ambos servicios eran independientes, de tal forma que se podían solicitar los dos o cualquiera de ellos separadamente, sin embargo, con la reforma de la Ley, sólo se podrán solicitar la ayuda para la atención de las necesidades domésticas aquellas personas a las que se les haya reconocido previamente la ayuda de atención personal.

Finalmente, otros dos cambios importantes conciernen a los dependientes moderados, que no se incorporarán al sistema hasta el año 2015, y a la eliminación de los diferentes niveles de cada uno de los tres grados.

Primar los servicios
El aspecto positivo de la reforma de la Ley es que se va a potenciar la prestación de servicios frente a la asignación de pagas económicas para que la persona sea atendida en casa. Esta es una demanda de Confederación ASAPCE desde la creación del Sistema de Promoción de la Autonomía y Prevención de la Dependencia, pues los servicios son ofrecidos por profesionales, lo que garantiza a la persona con dependencia la mayor calidad en la atención.

Y para primar los servicios sobre las actuales prestaciones económicas, se ha arbitrado un sistema con las comunidades autónomas para que en el plazo de cinco años reciban la misma cantidad de dinero por número de beneficiarios que por servicios prestados.

Esto se hará progresivamente, de forma que si ahora el Gobierno otorga el 90% del dinero de la dependencia en función del número de beneficiarios que tenga cada comunidad autónoma y el 10% restante teniendo en cuenta los servicios que presta, en el plazo de cinco años, los porcentajes serán del 50% en ambos casos.

Documentos:

Documento, elaborado por ASPACE MADRID, que resume los principales recortes que trae la reforma de la Ley de Promoción de la Autonomía y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

Reforma de la Ley de Promoción de la Autonomía y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

Ley de Promoción de la Autonomía y Atención a las Personas en Situación de Dependencia

 

 

 

 

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